Donde se registra una marca en mexico

Índice
  1. Búsqueda de marcas Wipo
    1. Búsqueda de marcas en Nueva Zelanda
    2. Búsqueda de la marca Impi
    3. Impi méxico

Búsqueda de marcas Wipo

El 5 de noviembre de 2020, México promulgó nuevas leyes de propiedad intelectual que afectan el registro de marcas. Estas nuevas leyes están estructuradas para alinear las leyes nacionales de propiedad intelectual de México con las nuevas normas de propiedad intelectual prescritas en el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA), el nuevo acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá que sustituye al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

Aunque las nuevas leyes introducen numerosos cambios en el marco de la propiedad intelectual de México, el cambio más sustancial es que ahora se debe presentar una declaración de uso para todos los registros de marca dentro de los tres meses siguientes al tercer aniversario de la fecha de registro. Así, por ejemplo, si una marca se registra el 1 de enero de 2021, la declaración de uso debe presentarse antes del 1 de abril de 2024. Esta nueva norma es aplicable a todos los registros concedidos después del 10 de agosto de 2018. También debe presentarse una declaración de uso cuando el titular de una marca desee renovar su registro. Si el titular de la marca no acredita el uso de la misma en México en la forma y plazo adecuados, se considerará que ha renunciado y desistido de su marca.

Búsqueda de marcas en Nueva Zelanda

México se ha adherido al Protocolo de Madrid desde el 19 de febrero de 2013, por lo que los países miembros de este sistema pueden designar a México en la solicitud de marca internacional. Alternativamente, es posible presentar una solicitud de marca mexicana ante la Oficina de Patentes y Marcas de México.

El 10 de agosto de 2018 entraron en vigor algunas modificaciones a la Ley de Propiedad Industrial de México, de acuerdo con las cuales el sistema de marcas mexicanas estará disponible para sonidos, aromas y signos holográficos.

El 30 de agosto de 2016 entró en vigor en México el sistema de oposición a las marcas. Todas las solicitudes de marcas se publican (antes de esa fecha no existía la publicación) para que los terceros puedan presentar una oposición al registro de la marca.

Cualquier persona puede oponerse al registro de una solicitud de marca sobre la base de una prohibición en virtud de la Ley de Marcas de México, sin ser necesariamente el titular de una solicitud o registro de marca y sin la necesidad de tener derechos sobre la solicitud opuesta.

Búsqueda de la marca Impi

Derivado de una reforma a la antigua Ley de la Propiedad Industrial, y con base en las disposiciones de la actual Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que entró en vigor el 5 de noviembre de 2020, los titulares de marcas registradas en México a partir del 10 de agosto de 2018, deberán presentar una Declaración de Uso en la que se indiquen los productos o servicios respecto de los cuales sus marcas han sido utilizadas en el mercado mexicano. Dicha Declaración de Uso deberá presentarse ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ("IMPI") sin presentar ninguna prueba de uso, y su omisión provocará la caducidad automática del registro.

Los titulares de marcas registradas a partir del 10 de agosto de 2018, deberán presentar su Declaración de Uso ante el IMPI al tercer año de su otorgamiento. Esto aplica para aquellas marcas que tengan 3 años de haber sido registradas al 10 de agosto de 2021.

Lo mismo aplica para los registros internacionales de marca ("RI"), protegidos a través de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ("OMPI") en virtud del Protocolo de Madrid, para los cuales el plazo de 3 años debe computarse a partir del otorgamiento de la designación nacional correspondiente.

Impi méxico

La legislación mexicana obliga a los propietarios a registrar sus marcas para establecer sus derechos. La primera persona que presente la solicitud tiene derecho a su registro. La titularidad no puede basarse en el uso ya que no existen derechos de derecho común.

Sí. La ley obliga a los solicitantes a usar la marca antes de solicitar el registro. Se les exige que presenten una documentación de cuándo se utilizó la marca por primera vez. De lo contrario, tienen que demostrar que la marca aún no está en uso y que tienen intención de utilizarla.

Las solicitudes de marca se publican en el Boletín de la Propiedad Industrial a efectos de oposición en un plazo de 10 días hábiles a partir de su presentación. Los terceros pueden presentar una oposición en el plazo de un mes desde la publicación.

Si su marca fue registrada después del 10 de agosto de 2018, debe presentar una declaración de uso 3 años después de la fecha de concesión del registro. Además, todas las marcas deben presentar una declaración de uso al renovar el registro, 10 años después de la fecha de registro.

Redacción Consultar Imprimir

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